LA IMPORTANCIA DE LA ÉTICA EN LOS NEGOCIOS
Las organizaciones de hoy en día enfrentan una gran serie de retos éticos que se presentan en todos los estratos de una institución. En este contexto, existen numerosos aspectos que buscan explicar la razón de la permanencia de este tipo de conductas así, como concientizar a las sociedades y las organizaciones acerca de la importancia de la ética a la hora de hacer negocios.
a) En primer lugar, el poder y la influencia de los negocios en la sociedad es más grande que nunca, eso significa que de sucintarse casos de usurpación de funciones por parte de ciertos empleados, con el fin de obtener poder o una compensación monetaria, las repercusiones en la sociedad serán más severas. De esta manera, bajo el móvil de seguir los intereses propios muchos hombres de negocios han influido en el desarrollo de la sociedad y en el progreso de gente sin considerar repercusiones futuras.
b) En segundo lugar, las malas prácticas de negocios tienen el potencial de infligir un enorme daño en las personas, comunidades y el medio ambiente. En este contexto, muchos hombres de negocio optan por conceder beneficios, facilidades y diversos accesos a otras entidades o personas naturales sin tener las facultades para realizarlas y sin considerar el daño a la sociedad y al medio ambiente que podrían estar causando. Asimismo, toman responsabilidades que no les corresponden y muchas veces con conocimiento de los efectos que pueden generarse en el corto y mediano plazo y que puedan llegar a ser permanentes, como en el caso del daño ambiental.
c) En tercer lugar, se puede observar que solo un grupo minoritario de hombres de negocios han recibido entrenamiento en ética para los negocios. Esto se puede deber en gran medida a que los conocimientos en esta materia no han sido muy valorados por las instituciones educativas ni por las mismas organizaciones como una fuente de desarrollo social y profesional. De esta manera, si bien la historia está cambiando, en un principio las empresas nunca habían exigido a sus empleados tener estudios relacionados a la buena práctica de la ética profesional, lo que muy bien pudo haber influenciado en actos como la usurpación de funciones, entre otros delitos.
d) Finalmente, necesitamos comprender porque siguen ocurriendo infracciones éticas en los negocios. En sí, la principal razón es la falta de un pensamiento colectivo y de una verdadera conciencia social con la preponderancia de la búsqueda del beneficio propio. Todo ello, ocasionan que las personas que llegan a trabajar en grandes organizaciones terminen incurriendo en prácticas no éticas como la usurpación de funciones en pro de las buenas relaciones.
ÁREAS GRISES: La ética vá más allá de la ley
- Caso empresa de Tranporte Privado Flores Hermanos SRL
La empresa de Transporte Privado Flores Hermanos SRL sabiendo que no contaba con una adecuada compatibilidad de uso y zonificación respectiva solicitó al alcalde de Ilo de ese entonces, Jorge Alfredo Mendoza Pérez, la posibilidad de que pueda expedirle una licencia de funcionamiento. Sin embargo, esto era ilegal porque la empresa no cumplía con los requisitos necesarios contempaldos por la ley de funcionamiento de unidades de transporte ya que significaba poner en peligro la vida de muchas persona que usan este servicio.
No obstante, la ley para el funcionamiento de empresas de transporte existe pero una manipulación por parte del alcalde de Ilo pone a la misma como algo vulnerable, ya que en teoría el alcalde al expedir esta licencia de funcionamiento avaló haber cumplido con todos los requisitos establecidos. Sin embargo, hizo un abuso de poder porque su condición de alcalde en ese entonces le daba facilidades de poder transgredir a la ley de manera fácil, lo que permitió exonerar a la empresa involucrada: Flores Hermanos, del cumplimiento obligatorio de algunos requisitos.En este caso, está presente la ley pero no se cumple, lo que nos lleva a algunas cuestiones éticas. Pues bien, el alcalde de Ilo no actuó de una manera correcta, lo que hizo fue completamente ilegal. Es aquí donde juega un papel importante la ética para los negocios, que comienza donde termina la ley, entonces quizás la moral del alcalde le indicó que no era tan grave lo que estaba haciendo lo que motivó con la continuidad de sus acciones de expedir la licencia de funcionamiento. Si bien es cierto, la función de la ley se queda en los papeles en donde fueron contemplados, pero las decisiones van más allá de esto continán en un horizonte más largo, en el cual la persona toma sus propias decisiones en función de lo que le indica su moral, esto es lo que pasó con Jorge Mendoza, quien se preocupó más por los beneficios que pudiera alcanzar dejando atrás la esencia de lo que verdaderamente demandaba esta acción en términos éticos.
Consecuentemente, detrás de todo esto existe otro problema de por medio, resulta que Jorge Mendoza Pérez no estaba facultado a suscribir ni expedir licencia de funcionamiento alguna, cometiendo una doble falta con su accionar. El primero, no actuar conforme a lo que indica la ley y segundo, cometer el delito de usurpación de funciones, delitos por el cual ahora se encuentra sentenciado y como era de esperar, fue destituido de su cargo y se procedió a la anulación de la licencia de funcionamiento para la empresa de transporte. Esto es lo que denominamos área gris, ya que en este caso está presente la ley, no obstante, esto va más allá del mismo, a lo que denominamos el inicio de la ética, al referirnos a la manera cómo actuó la persona. Es decir, si actuó de forma correcta o incorrecta. Para tal caso, Jorge actuó de acuerdo a su propia moral, y quizás para nosotros su actuar fue incorrecto pero para él quizás haya sido todo lo contrario.
No obstante, la ley para el funcionamiento de empresas de transporte existe pero una manipulación por parte del alcalde de Ilo pone a la misma como algo vulnerable, ya que en teoría el alcalde al expedir esta licencia de funcionamiento avaló haber cumplido con todos los requisitos establecidos. Sin embargo, hizo un abuso de poder porque su condición de alcalde en ese entonces le daba facilidades de poder transgredir a la ley de manera fácil, lo que permitió exonerar a la empresa involucrada: Flores Hermanos, del cumplimiento obligatorio de algunos requisitos.En este caso, está presente la ley pero no se cumple, lo que nos lleva a algunas cuestiones éticas. Pues bien, el alcalde de Ilo no actuó de una manera correcta, lo que hizo fue completamente ilegal. Es aquí donde juega un papel importante la ética para los negocios, que comienza donde termina la ley, entonces quizás la moral del alcalde le indicó que no era tan grave lo que estaba haciendo lo que motivó con la continuidad de sus acciones de expedir la licencia de funcionamiento. Si bien es cierto, la función de la ley se queda en los papeles en donde fueron contemplados, pero las decisiones van más allá de esto continán en un horizonte más largo, en el cual la persona toma sus propias decisiones en función de lo que le indica su moral, esto es lo que pasó con Jorge Mendoza, quien se preocupó más por los beneficios que pudiera alcanzar dejando atrás la esencia de lo que verdaderamente demandaba esta acción en términos éticos.
Consecuentemente, detrás de todo esto existe otro problema de por medio, resulta que Jorge Mendoza Pérez no estaba facultado a suscribir ni expedir licencia de funcionamiento alguna, cometiendo una doble falta con su accionar. El primero, no actuar conforme a lo que indica la ley y segundo, cometer el delito de usurpación de funciones, delitos por el cual ahora se encuentra sentenciado y como era de esperar, fue destituido de su cargo y se procedió a la anulación de la licencia de funcionamiento para la empresa de transporte. Esto es lo que denominamos área gris, ya que en este caso está presente la ley, no obstante, esto va más allá del mismo, a lo que denominamos el inicio de la ética, al referirnos a la manera cómo actuó la persona. Es decir, si actuó de forma correcta o incorrecta. Para tal caso, Jorge actuó de acuerdo a su propia moral, y quizás para nosotros su actuar fue incorrecto pero para él quizás haya sido todo lo contrario.
- Caso APDAYC y empresa promotora del conciero Olga Tañón
Quién no quiere asistir a uno de los conciertos de una de las cantantes más famosas de los últimos tiempos, Olga Tañón. Pues bien, es una artística que tiene muchos admiradores en nuestro país y por ello, muchos están deseosos de poder asistir a uno de sus conciertos y se encuentran ante la expectativa de cuándo viene al Perú. Si bien es cierto, hace algunos meses era muy comentada la venida de Olga Tañón junto con un gran concierto que se iba a realizar en Chimbote, cuyo auspiciador era la propia Municipalidad de Santa junto con una empresa promotora local.
No obstante, se produjo una repentina cancelación del evento, y como era de esperar muchos de sus admiradores se encontraban frustrados y estaban convencidos de que habían sido estafados por los gobernadores y promotores, incluida hasta la propia alcaldesa del Santa. El gran motivo de la suspensión del concierto se debió a que los organizadores del evento no cumplieron con el pago respectivo al APDAYC (Asociación Peruana de Anunciantes y Compositores). Por otro lado, se debió también a que no contaban con las garantías respectivas para su realización. Si bien es cierto, como se sabe existen leyes que respaldan la realización de los conciertos en el país, sabiendo esto no se cumplió con tales normativas legales por loque, se tuvo que tomar medidas drásticas como la suspensión del concierto que se iba a realizar en Chimbote, que perjudicó no solo a los espectadores sino también a la propia APDAYC, asociación que vela todo tipo de eventos. Esto se debió a que los organizadores no cumplieron con los pagos respectivos para llevar a cabo el concierto. Entonces, esto ya no sólo apunta en términos de leyes, sino que vá más allá de esto, porque los organizadores del evento además no tramitaron la autorización de defensa civil regional, lo cual significaría que el presunto concierto se iban a llevar en condiciones de informalidad quizás para beneficio de algunos cuántos y no el de la comunidad.
En el cual, entra en cuestión los aspectos de ética que llevaron a los organizadores del evento a querer cometer este tipo de fraude, es aquí donde que comenzamos a cuestionarnos en términos éticos: ¿se consideran correcto lo que quisieron hacer los organizadores del evento? Pues esto se puede responder de acuerdo a la moral de las personas involucradas, quizás algunos consideraron adecuado por los beneficios que hubieran podido obtener. No obstante, también otros lo rechazaron inmediatamente. Pero, ¿qué es lo que les lleva a pensar desde determinados puntos de vista? Pues es precisamente la moral de cada persona quien les ayuda a actuar de diferente manera ante diversas situaciones. Como se mencionó anteriormente, las decisiones no terminan sino que ván más allá de los propios límites de lo legal, apunta hacia lo ético. Por eso, a las finales se tomó conciencia y se canceló el concierto porque consideraron que iban a causar serios daños a la comunidad por no haberse tomado las precauciones adecuadas.
No obstante, se produjo una repentina cancelación del evento, y como era de esperar muchos de sus admiradores se encontraban frustrados y estaban convencidos de que habían sido estafados por los gobernadores y promotores, incluida hasta la propia alcaldesa del Santa. El gran motivo de la suspensión del concierto se debió a que los organizadores del evento no cumplieron con el pago respectivo al APDAYC (Asociación Peruana de Anunciantes y Compositores). Por otro lado, se debió también a que no contaban con las garantías respectivas para su realización. Si bien es cierto, como se sabe existen leyes que respaldan la realización de los conciertos en el país, sabiendo esto no se cumplió con tales normativas legales por loque, se tuvo que tomar medidas drásticas como la suspensión del concierto que se iba a realizar en Chimbote, que perjudicó no solo a los espectadores sino también a la propia APDAYC, asociación que vela todo tipo de eventos. Esto se debió a que los organizadores no cumplieron con los pagos respectivos para llevar a cabo el concierto. Entonces, esto ya no sólo apunta en términos de leyes, sino que vá más allá de esto, porque los organizadores del evento además no tramitaron la autorización de defensa civil regional, lo cual significaría que el presunto concierto se iban a llevar en condiciones de informalidad quizás para beneficio de algunos cuántos y no el de la comunidad.
En el cual, entra en cuestión los aspectos de ética que llevaron a los organizadores del evento a querer cometer este tipo de fraude, es aquí donde que comenzamos a cuestionarnos en términos éticos: ¿se consideran correcto lo que quisieron hacer los organizadores del evento? Pues esto se puede responder de acuerdo a la moral de las personas involucradas, quizás algunos consideraron adecuado por los beneficios que hubieran podido obtener. No obstante, también otros lo rechazaron inmediatamente. Pero, ¿qué es lo que les lleva a pensar desde determinados puntos de vista? Pues es precisamente la moral de cada persona quien les ayuda a actuar de diferente manera ante diversas situaciones. Como se mencionó anteriormente, las decisiones no terminan sino que ván más allá de los propios límites de lo legal, apunta hacia lo ético. Por eso, a las finales se tomó conciencia y se canceló el concierto porque consideraron que iban a causar serios daños a la comunidad por no haberse tomado las precauciones adecuadas.
Adicionalmente, a las malas práctricas que se estuvieron dando en la organización del evento se puede mencionar otros presuntos delitos que se hubieran cometido en caso de haberse llevado a cabo el concierto esperado de Olga Tañón como: la omisión de deberes funcionales, omisión de denuncia y sobre todo, una presunta usurpación de funciones por parte de dos funcionarios: Julio Miranda Guerra y Azucena Henríquez Hernández, que conociendo tremendas irregularidades del evento, lo autorizaron con un certificado mal infundado que lo debió haber autorizado Defensa Civil de Huaraz. Por eso, actualmente estos vienen siendo interrogados por los actos indebidos en los que pretendieron incursionar.

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